¨La educación, como la luz del sol, puede y debe llegar a todos¨ José Pedro Varela.
Me asusta la actitud de los hermanos Barahoneros, ya creo que es suficiente, no podemos seguir sumisos ante esta situación de pagar una injusta mensualidad a las escuelas publicas.
El año pasado habia advertido al Liceo Catolico Tecnologico de Barahona ¨LICATEBA¨ que no pagarÃa una mensualidad, porque esto no es un colegio privado, me manifestaron que ya eso se iba a eliminar, pero igual siguieron cobrando.
En este centro de estudio tengo dos hijas, resulta que cuando fui a inscribirlas, me dicen que tengo que pagarles la suma de RD$4,000.00 (cuatro mil pesos), para inscribirlas), de lo contrario se quedan fuera, entonces pregunto si les permiten cobrar una mensualidad a Licateba, pues deben permitirlo a las demás escuelas, pero para eso deben modificar la constitución, pero además modificar la ley de educación.
Quisiera que alguien me explique el ¿por qué? ADP en ningún momento ha tocado el tema, pero tampoco la regional de educación mucho menos el Distrito 01-03 de Barahona, peor aún los propios padres tampoco se empoderan del tema.
El articulo 63 de la constitución y la letra k del articulo 4 de la ley 66-97 de educación es claro en los numerales 3 y 4, donde establecen claramente que el estado garantiza la educación a los ciudadanos Dominicanos, por lo tanto les dejaré por escrito de manera integra lo que establecen dichos artÃculos.
ArtÃculo 63.- Derecho a la educación. Toda persona tiene derecho a una educación
integral, de calidad, permanente, en igualdad de condiciones y oportunidades, sin más
limitaciones que las derivadas de sus aptitudes, vocación y aspiraciones. En consecuencia:
3) El Estado garantiza la educación pública gratuita y la declara obligatoria en el
nivel inicial, básico y medio. La oferta para el nivel inicial será definida en la
ley. La educación superior en el sistema público será financiada por el Estado,
garantizando una distribución de los recursos proporcional a la oferta educativa
de las regiones, de conformidad con lo que establezca la ley.
4) El Estado velará por la gratuidad y la calidad de la educación general, el
cumplimiento de sus fines y la formación moral, intelectual y fÃsica del
educando. Tiene la obligación de ofertar el número de horas lectivas que
aseguren el logro de los objetivos educacionales.
rt. 4.- La educación dominicana se fundamenta en los siguientes principios:
k. La libertad de educación es un principio fundamental del sistema educativo dominicano, de
conformidad con las prescripciones de la Constitución;
Espero que a partir de este escrito la población en sentido general, reclame los derechos que le asisten de que sus hijos disfruten de una educación de primera y gratuita.
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