Precisó que es nulo porque el acuerdo es una fusión entre el PTD y la LFP, lo que es ilegal e irregular.
Sostuvo que el ordenamiento jurídico electoral reserva la potestad de fusionarse para los partidos políticos que están constituidas y reconocidas por la Junta Central Electoral que están registradas como partidos.
El abogado Eduardo Ramos Elías afirmó que el acuerdo es una fusión, no un cambio de nombre del PTD, que así lo establece el artículo uno de lo pactado.
“El presente acuerdo tiene como objeto integrar en las estructuras y órganos de dirección del Partido de los Trabajadores Dominicanos y fusionar en una sola entidad a La Fuerza del Pueblo con este partido”, leyó.
Señaló que el documento del acuerdo lo firman Antonio Florían como presidente del PTD y el doctor Leonel Fernández quien dijo actuar en su nombre y representación de los miembros y simpatizantes de La Fuerza del Pueblo que nadie sabe quiénes son.
Ramos Elías representa a José González Espinosas y otros dirigentes del PTD que sometieron un recurso de nulidad contra el acuerdo de fusión con La Fuerza del Pueblo y que sería conocida este jueves en el Tribunal Superior Administrativo (TSA).
Indicó que el pasado martes interpusieron una demanda en nulidad en representación de González Espinosa y cinco miembros más del PTD para que se declaren nulos todos los actos que se derivan de la Cuarta Reunión Plenaria del Comité Central del PTD que se celebró el 16 de octubre en la que se aprobó a lo que llamaron “El Acuerdo por la Preservación de la Democracia y el Rescate Institucional en la República Dominicana”.
Indicó que además los actos desprendidos del Congreso Extraordinario del PTD celebrado el 20 de octubre.
“Son un grupo de actuaciones que se produjeron de forma irregular del 16 al 20 de octubre y que conllevan la necesaria nulidad que será declarada en el tribunal”, expresó.
Explicó que lo irregular que se produjo es que el Comité Central del PTD aprobó que sus autoridades iniciarán un proceso de fusión de ese partido con La Fuerza del Pueblo.
Explicó que el PTD es un partido, reconocido por la Junta Central Electoral y que tiene capacidad para contratar y para fusionarse con otro partido, pero que La Fuerza del Pueblo es simplemente un nombre comercial que se ha registrado recientemente en la ONAPI (Oficina Nacional de Propiedad Intelectual), a nombre del doctor Leonel Fernández y del doctor Radhamás Jiménez, que tiene por objeto dar servicios de asesorías, como si fuera una empresa.
“Así que parece que esa Fuerza del Pueblo lo procura convertirse en una sociedad comercial y no en un partido político. Como La Fuerza del Pueblo no está reconocida, ni como empresa, ni como partido político, ni como una ongs, simplemente no tiene personalidad jurídica, y quien no tiene personalidad jurídica, no tiene existencia para el derecho, por lo que no puede tampoco contratar; entonces, ese acuerdo suscrito entre el PTD y el doctor Leonel Fernández, en nombre de unas personas indeterminadas y en representación de una fuerza que nadie entiende cuáles la personalidad jurídica que la avala, han pretendido asaltar el PTD, pretendiendo primero un cambio de nombre para que se llame el partido de La Fuerza del Pueblo; segundo la modificación de los estatutos, no sólo para ese cambio de nombre sino para aumentar la membresía del Comité Político y aumentar la membresía del Comité Central del partido, y se reparte entre el presidente del PTD y el doctor Leonel Fernández la designación arbitrario de los miembros de esos órganos, violentando los principios que han regido al PTD desde su principio, que es el Centralismo Democrático, y que hoy avala la constitución de la república como el principio de democracia interna y transparencia en el artículo 212”, argumentó.
Puntualizó que no puede haber una fusión porque el PTD no se puede unificar con la persona física del doctor Leonel Fernández Reyna y no se puede fusionar con algo que no existe.
Especificó que eso no pudo ser ni siquiera que tuviera personalidad jurídica porque debía tener el reconocimiento de la Junta Central Electoral como un partido político, no como una agrupación, ni como un movimiento.
“La ley reserva la posibilidad de fusionarse para los partidos políticos”, sostuvo.
Expresó que después que se han dado cuenta del “embrollo jurídico” que han hecho, quieren decir que se trata de un cambio de nombre.
Enfatizó que lo que aprobó el Comité Central del PTD es avanzar hacia un proceso de fusión con La Fuerza del Pueblo.
Indicó que el acuerdo firmado el 18 de octubre con el doctor Leonel Fernández habla de una fusión entre LFP y el PTD.
El abogado Eduardo Ramos Elías manifestó el Congreso Nacional Extraordinario del 20 de octubre lo que aprobó íntegramente fue los términos del acuerdo del 18, que se refiere a una fusión.
Dijo que la demanda en nulidad cuya audiencia sería este jueves se resolverá en los próximos días.
Informó que además depositarán otra demanda en nulidad contra la Convención Nacional Electoral que se celebró el 27 de octubre por tener problemas serios en la conformación del órgano.
“Primero porque no se agotaron los mecanismos de publicidad para convocar a los delegados. Segundo porque los delegados no fueron designados como mandar los estatutos y los reglamentos de la convención por los organismos provinciales inferiores del PTD. Y ese reglamento que dice que hay que nombrar, que cada órgano provincial e inferior del PTD debe nombrar sus delegados a ese congreso, se aprobó el mismo día del congreso al inicio de la sesión. Entonces es imposible que cuando hay un reglamento que tú apruebas el mismo día y dice que hay que convocar a órganos provinciales e inferiores, incluyendo del exterior para que esos órganos designen sus delegados al congreso, en ese mismo congreso a los diez minutos acuerdo aprobar una cuerdo de fusión y modificar los estatutos del PTD”, adujo.
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