La asesora en finanzas personales Violeta Saint-Hilaire explica que según la Ley 172-13 los burós de créditos solo pueden registrar en el historial durante cuatro años de los valores adeudados, por lo que la deuda fue vendida por el banco acreedor a una empresa recaudadora de valores.
Pregunta: Buenas tardes, en el 2006 me fui fuera del país, en ese entonces dejé deudas en tarjeta de crédito por casi dos millones de pesos en 4 bancos, en el 2017 regresé a vivir aquí, me he manejado con un banco diferente a los que dejé la deuda, en este tengo un préstamo y una tarjeta de crédito. Nunca me han llamado para cobrarme las deudas y el data crédito sale limpio. ¿Me puedo olvidar de esa deuda o ellos pueden embargarme?
Respuesta: La ley 172-13 establece en uno de sus artículos que los burós de créditos solo pueden registrar en el histórico durante cuatro años los valores adeudados, es la razón por la que sale limpio su reporte de buró; su deuda fue vendida por el banco acreedor a una empresa recaudadora de valores; aunque no soy abogada para proceder a embargar previo deben agotarse varios procesos y el primero es, si lo contactan, que usted se niegue a pagar.
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